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Muy buenas.
¡Resuelto! Ir a solución.
Hola buenas
Te comento como canario lo que puedes hacer, es válido, legal y lo he hago con relativa frecuencia.
Compras el artículo con IVA, y cuando lo recibas acudes con el atículo, la factura, el despacho de aduanas y un documento bancario con los 20 dígitos de tu cuenta a una oficina de hacienda.
Una vez en hacienda, reclamas la devolución del IVA, ellos mismos te hacen el cargo del IGIC en la cuenta que les lleves y el despacho de aduanas te lo piden para comprobar que la "importación" ha seguido el cauce legal y has pagado los aranceles correspondientes.
Pierdes una mañana, pero lo puedes hacer.
Saludos.
Hola buenas
Te comento como canario lo que puedes hacer, es válido, legal y lo he hago con relativa frecuencia.
Compras el artículo con IVA, y cuando lo recibas acudes con el atículo, la factura, el despacho de aduanas y un documento bancario con los 20 dígitos de tu cuenta a una oficina de hacienda.
Una vez en hacienda, reclamas la devolución del IVA, ellos mismos te hacen el cargo del IGIC en la cuenta que les lleves y el despacho de aduanas te lo piden para comprobar que la "importación" ha seguido el cauce legal y has pagado los aranceles correspondientes.
Pierdes una mañana, pero lo puedes hacer.
Saludos.
No he entendido muy bien para qué debo ir a Aduanas. Es decir: voy con el artículo, la factura y un documento bancario a una oficina de Hacienda para que me devuelvan el dinero del IVA. Y luego, ¿a qué voy a Aduanas? ¿O hay que ir primero a Aduanas?